El Certificado de Nacimiento el documento oficial expedido por el Registro Civil que certifica el nacimiento de una persona. Da fe del lugar y fecha del nacimiento y del sexo y filiación del inscrito.
El Certificado de Nacimiento puede solicitarse presencialmente o por correo. A continuación le informaremos de qué trámites tiene que realizar en cada caso.
También es importante saber que existen diferentes tipos de certificados de nacimiento y cuál es el que se corresponde con nuestras necesidades. En El Registro Civil le informamos de los tipos, los contenidos y los plazos de los certificados.
Actualmente, se pueden solicitar certificaciones electrónicas de nacimiento a partir de los datos contenidos en los registros civiles con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Tipos de certificados de nacimiento
Existen diferentes tipos de certificados de nacimiento. Debemos diferenciar entre: positivos, que acreditan que la persona está inscrita en ese Registro Civil; y negativos, que acreditan que la persona no está inscrita en dicho Registro.
Dentro de los positivos podemos encontrar el:
- Extracto: es un resumen de la información que consta en el Registro Civil del hecho del nacimiento de la persona. A su vez se divide en tres tipos:
- Ordinario: documento expedido en español para las comunidades autónomas donde el castellano es la única lengua oficial.
- Internacional o plurilingüe. Expedido en el idioma de los siguientes países: España, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Suiza, Turquía, Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia, Serbia, Polonia, Montenegro, Moldavia, Lituania, Estonia, Rumanía y Bulgaria.
- Bilingüe: para las comunidades que tienen lenguas cooficiales. El certificado se expedirá en español y en la lengua cooficial.
- Literal: es una copia literal que contiene todos los datos relativos al hecho del nacimiento tal como aparecen en la inscripción del Registro Civil.
Contenido del certificado de nacimiento
El certificado de nacimiento constará de:
- Los datos del Registro Civil donde será expedido.
- La identidad del inscrito.
- La página y tomo del asiento correspondiente.
- El sello de la oficina, la fecha de la expedición y el nombre y la firma del Encargado de expedir la certificación.
- En caso de sello electrónico se informará del código seguro de verificación.
Plazos para obtener el certificado de nacimiento
El plazo en el cual se obtendrá el certificado de nacimiento variará según la opción de recibimiento elegida.
Cuando se haya elegido la vía de entrega por correo el plazo suele corresponderse con 15 días.
En el caso de la vía presencial, será el propio Registro Civil el que le indique cuando puede acudir a recogerlo a la oficina.
Las certificaciones electrónicas se reciben de inmediato.
Cómo obtener el certificado de nacimiento
Presencialmente
Acudiendo al Registro Civil que le corresponde. Puede encontrar su municipio aquí. Antes de presentarse, le recomendamos que llame por teléfono al número que le facilitamos para cerciorarse de que usted está inscrito en esa Oficina del Registro Civil.
Documentación a aportar:
- DNI del solicitante.
- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento de la persona sobre la que se hace la solicitud.
- Formulario oficial cumplimentado que puede encontrar aquí.
Por correo
Puede solicitar su certificado de nacimiento por correo ordinario y recibirlo de la misma forma. Para ello deberá enviar:
- DNI del solicitante.
- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento de la persona sobre la que se hace la solicitud.
- Formulario oficial cumplimentado que puede encontrar aquí.
- Tipo de certificado que solicita: literal, extracto (ordinario o bilingüe) o negativo.
- Teléfono de contacto para resolver cualquier duda que pueda surgir en el Registro Civil a la hora de tramitar su certificado.
Recuerde que el plazo de recibimiento suele ser de 15 días por correo ordinario. Antes de enviar la documentación necesaria, llame para asegurarse de que la Oficina del Registro Civil es la que le corresponde. Puede encontrar su municipio aquí.
Por internet
En la página oficial del ministerio de justicia que puede encontrar aquí.