Certificados Registro Civil

El Registro Civil es el organismo oficial donde se puede realizar el cambio de nombre de una persona. También se puede tramitar el cambio de apellidos o el orden de éstos.

El Cambio de Nombre o Apellidos puede solicitarse presencialmente o por correo. A continuación le informaremos de qué trámites tiene que realizar en cada caso.

También es importante saber que para solicitar el cambio de nombre o el cambio de apellidos es necesario cumplir con unos determinados requisitos. En El Registro Civil le informamos de los requisitos, requisitos comunes, limitaciones y restricciones ortográficas que han de tenerse en cuenta para poder realizar el cambio.

El cambio de nombre o apellidos debe realizarse en el Registro Civil donde la persona esté inscrita.

Solicitar Certificado de Nacimiento

Cambio de nombre

Libertad de elección

Existe la libertad de elección a la hora de elegir el nombre, casi todos los nombres hoy son posibles. Tan solo, debemos tener en cuenta que no infrinja alguna de las prohibiciones establecidas.

Limitaciones

  • No pueden ponerse más de dos nombres simples o de uno compuesto. En este último caso, los dos nombres irán unidos por un guión.
  • El nombre no puede ser perjudicial para la persona. Se descartarán los nombres humillantes o deshonrosos.
  • No se puede elegir el nombre de un hermano vivo.
  • No se admite el nombre que lleve a confusión, por ejemplo, un apellido convertido en nombre. Tampoco los que lleven a un error sobre el sexo de la persona.

Requisitos para el cambio de nombre

En los siguientes supuestos es posible cambiar el nombre propio:

  • Cuando el nombre no cumpla con las normas establecidas.
  • Cuando se trate de la traducción de un nombre extranjero.
  • Cuando exista un cambio legal del sexo de una persona.
  • Cuando el solicitante sea conocido habitualmente con otro nombre distinto al que consta en su partida de nacimiento o por otra causa justa.
  • Cuando se trate de la adaptación gráfica o fonética a las lenguas españolas.

No se puede cambiar el nombre propio:

  • Sin una causa justa.
  • Cuando se trate de un cambio insignificante, por ejemplo, Christian por Cristian.

Requisitos comunes a todos los cambios de nombre propio

  • Debe existir causa justa.
  • No puede ser perjudicial para terceras personas.
  • La inscripción del nuevo nombre se realiza en el Registro Civil donde el solicitante esté inscrito.
  • En el caso del cambio de nombre por otro con el que el solicitante sea conocido pero no quede demostrado su uso habitual, será competencia de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Cambio de apellidos

Requisitos

Para poder realizar el cambio de apellidos debe demostrarse:

  • Que el solicitante es conocido por el apellido del cambio.
  • Que los apellidos pertenecen legítimamente al afectado.
  • Que los nuevos apellidos proceden de las dos líneas: paterna y materna.

Casos en los que no es necesario cumplir con los requisitos anteriores:

  • Casos de violencia doméstica.
  • En el supuesto de que un apellido español esté en riesgo de desaparecer entre la población española.
  • En casos especiales determinados por circunstancias excepcionales.
  • Los ciudadanos de la UE están sujetos a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Requisitos comunes para el cambio de apellidos

  • Debe existir causa justa.
  • No puede ser perjudicial para terceras personas.
  • La inscripción de los nuevos apellidos se realiza en el Registro Civil donde el solicitante esté inscrito.
  • En el caso del cambio de apellido por otro con el que el solicitante sea conocido pero no quede demostrado su uso habitual, será competencia de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Regularización ortográfica

Si los apellidos del solicitante no se adecuan a las normas gramaticales o fonéticas de la lengua española correspondiente puede solicitarse su regulación al Registro Civil.

Cambio del orden de los apellidos

Si el padre y la madre deciden de mutuo acuerdo cambiar el orden de los apellidos antes de la inscripción del nacimiento de su hijo, el apellido de la madre podrá ir en primer lugar y el del padre ocupará entonces el segundo lugar. Todos los hijos siguientes deben llevar este cambio en el orden de los apellidos. A su vez, un hijo al alcanzar la mayoría de edad puede cambiar el orden de sus apellidos.

Cómo obtener el cambio de nombre o apellidos

Presencialmente

Acudiendo al Registro Civil que le corresponde. Puede encontrar su municipio aquí. Antes de presentarse, le recomendamos que llame por teléfono al número que le facilitamos para cerciorarse de que usted está inscrito en esa Oficina del Registro Civil.

Cambio de nombre

Documentación a aportar:

  • Solicitud escrita dirigida al Ministro de Justicia, según los casos, sobre todo cuando se trata de cambio de nombre por otro con el que el interesado es conocido.
  • Certificación literal de nacimiento.
  • Prueba para acreditar la causa por la que se quiere realizar el cambio de nombre.
  • En definitiva, toda la documentación necesaria que el solicitante crea conveniente según su caso: propuesta de testigos, partidas de bautismo, certificados de la Real Academia correspondiente, etc.

Cambio de apellidos

Documentación a aportar:

  • Solicitud escrita alegando la causa por la que quiere realizar el cambio dirigida al Ministro de Justicia.
  • Certificación literal de nacimiento.
  • Prueba para acreditar la procedencia de los apellidos elegidos mediante: certificados de nacimientos paternos o de ascendientes anteriores (en su defecto, partidas de bautismo).
  • Para adecuar el apellido a otra lengua española: certificado de la Real Academia correspondiente.

Cambio en el orden de los apellidos

Documentación a aportar:

Por correo

Enviando toda la documentación necesaria, antes expuesta en el modo presencial, por correo certificado al Registro Civil correspondiente. Puede encontrar su municipio aquí. Antes de presentarse, le recomendamos que llame por teléfono al número que le facilitamos para cerciorarse de que usted está inscrito en esa Oficina del Registro Civil.

Solicitar Certificado de Nacimiento